Servicio · Cobertura nacional
Abogado para despidos en España
Despido improcedente, objetivo, disciplinario, nulo y ERE. Tienes 20 días hábiles para reclamar.
¿Te han despedido? Esto es lo primero que tienes que saber
En España, tienes solo 20 días hábiles para reclamar un despido. Es un plazo de caducidad: si lo dejas pasar, ya no se puede recuperar la vía judicial. Por eso, lo primero que debes hacer al recibir una carta de despido es contactar con un abogado laboralista que valore si el despido es procedente, improcedente o nulo, y qué indemnización te corresponde.
En Abogado Laboral llevamos más de 15 años defendiendo despidos ante los Juzgados de lo Social de toda España y los Tribunales Superiores de Justicia. La primera consulta es gratuita y, en muchos casos, trabajamos a éxito (sin coste si no recuperamos indemnización).
Por qué somos tu abogado para despidos de confianza
Elige nuestro despacho por nuestro compromiso inquebrantable con la excelencia jurídica. Ofrecemos soluciones eficaces y adaptadas a la situación única de cada caso, enfocándonos en obtener la máxima indemnización legalmente posible y en proteger tus derechos laborales.
- Maximización de la indemnización. Nos enfocamos en conseguir la indemnización máxima a través de estrategias legales efectivas y adaptadas a tu antigüedad, salario y modalidad de despido.
- Defensa estratégica. Diseñamos una estrategia procesal proactiva que anticipa los argumentos de la empresa, asegurando la mejor posición ante el SMAC y el Juzgado de lo Social.
- Cuota litis disponible. En muchos despidos trabajamos a éxito: si no conseguimos indemnización, no pagas. Te lo concretamos por escrito en la primera consulta gratuita.
Tipos de despido en derecho laboral español
Despido improcedente
El más habitual. La empresa no acredita las causas que alega o las justifica de forma defectuosa. Si el juez declara la improcedencia, la empresa puede:
- Readmitirte con abono de los salarios de tramitación, o
- Indemnizarte con 33 días de salario por año trabajado (con un máximo de 24 mensualidades) si el contrato es posterior al 12/02/2012. Para contratos anteriores, 45 días hasta esa fecha y 33 días desde ella.
Despido objetivo
La empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. La indemnización legal es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Si las causas no se acreditan, el despido se declara improcedente y se aplica el régimen anterior.
Despido disciplinario
La empresa alega una falta grave del trabajador (faltas de asistencia, transgresión de la buena fe contractual, ofensas, embriaguez, etc.). Si el juez lo declara procedente, no hay indemnización ni paro. Si es improcedente, se aplica el régimen del despido improcedente.
Despido nulo
Vulnera derechos fundamentales (discriminación, embarazo, baja por enfermedad, denuncia previa a la inspección, etc.). El juez obliga a readmitir al trabajador y a pagar los salarios dejados de percibir. No cabe la opción de indemnizar.
ERE (Expediente de Regulación de Empleo)
Despido colectivo afecto a varios trabajadores por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Sigue un procedimiento específico con periodo de consultas y comunicación a la autoridad laboral. Indemnización mínima legal: 20 días por año trabajado, mejorable por convenio o acuerdo.
Cómo trabajamos un despido en Abogado Laboral
- Primera consulta gratuita (presencial o videollamada). Estudiamos la carta de despido, contrato, nóminas y documentación. Te decimos si hay caso y qué indemnización podemos conseguir.
- Hoja de encargo por escrito con honorarios cerrados antes de empezar. Cero sorpresas.
- Papeleta de conciliación en el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). Plazo: 20 días hábiles desde el despido.
- Acto de conciliación en el SMAC en 15-30 días. La mayoría de casos se cierran aquí con acuerdo.
- Demanda al Juzgado de lo Social si no hay acuerdo. Juicio en 3-9 meses.
- Sentencia y ejecución. Si la empresa no paga, ejecutamos el embargo.
Casos en los que somos especialistas
- Despido durante baja por incapacidad temporal (alta probabilidad de nulidad).
- Despido durante embarazo o tras maternidad/paternidad.
- Despido tras denuncia a la inspección de trabajo.
- Despido tras reclamación de salarios o derechos.
- Despido por bajo rendimiento sin acreditación.
- Despido por causas objetivas mal justificadas.
- ERE en empresas de Sevilla y Andalucía.
Soluciones para trabajadores y empresas en toda España
Nuestro despacho está formado por expertos en Derecho Laboral, siempre comprometidos en proveer una defensa especializada que se adapte a la dinámica y requerimientos de cada caso, ya sea para trabajadores que buscan reclamar la indemnización máxima o para empresas que necesitan despedir cumpliendo el procedimiento legal sin riesgo de nulidad.
Despachamos desde Sevilla y atendemos asuntos en cualquier Juzgado de lo Social del territorio nacional. Llevamos juicios habitualmente en Madrid, Barcelona, Valencia, Bilbao, Málaga, Zaragoza y todas las capitales andaluzas (Cádiz, Málaga, Granada, Almería, Córdoba, Jaén, Huelva). Si tu juicio se celebra en otra plaza, lo presentamos vía LexNET y, si procede, nos desplazamos.
¿Te han despedido esta semana? No esperes más. La primera consulta es gratuita y los plazos legales corren. Reserva tu consulta ahora o llámanos al 681 908 005.
Dudas frecuentes
Las preguntas que llegan cada semana al despacho.
Si no encuentras tu caso, llámanos. La primera consulta es gratuita y sin compromiso.
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